A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Felipe Trujillo Cardenas·Respondent Secretaria De Educacion Departamental De Caqueta
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Séptimo Penal Municipal de Conocimiento de Florencia (Caquetá) y el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de la misma ciudad.
La Corte encontró que en este caso solo se configuró un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho tomó las reglas de reparto contenidas en el numeral 2º del artículo 1º del Decreto 333 de 2021 para abstenerse de asumir el conocimiento del asunto y emitir un pronunciamiento de fondo, además de modificar el extremo pasivo de la acción al considerar que debía vincularse a entidades del orden nacional, aplicando con ello reglas de reparto para desprenderse del conocimiento de la acción.
Se dirime la controversia ordenando remitir el expediente al precitado juzgado, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a esta autoridad para que en lo sucesivo se abstenga de suscitar conflictos de competencia a partir de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificadas por el Decreto 333 de 2021.
Al Tribunal Superior de Florencia se le advierte que, cuando se le envíe para la solución un conflicto de competencia que no le corresponde debe remitirlo a la autoridad que, en principio, deba dirimirlo en virtud de las reglas establecidas en la Ley 270 de 1996, compiladas en el Auto 550 de 2018 de la Corte Constitucional.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 20 de abril de 2021 proferido por el Juzgado
- Septimo. Penal Municipal de Conocimiento de Florencia, dentro de la accion de tutela formulada por el senor Felipe Trujillo Cardenas en contra de la Secretaria de Educacion Departamental del Caqueta.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4000 al Juzgado
- Septimo. Penal Municipal de Conocimiento de Florencia para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Septimo. Penal Municipal de Conocimiento de Florencia que, en lo sucesivo, se abstenga de suscitar conflictos de competencia a partir de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificadas por el Decreto 333 del 2021.
- Cuarto. ADVERTIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia que cuando se le envie para la solucion un conflicto de competencia que no le corresponde, debe remitirlo a la autoridad que, en principio, deba dirimirlo en virtud de las reglas establecidas en la Ley 270 de 1996, compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporacion.
- Quinto. Por Secretaria General, COMUNICAR al accionante y al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito Especializado en Restitucion de Tierras de Florencia la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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